Devolución de IRPF de maternidad en la renta

Mucho me habéis preguntado por este tema a raíz de unos stories que publiqué en Instagram. En ellos advertía que comprobaseis que se había incluido correctamente la devolución de IRPF de maternidad en la renta. La campaña de la renta para el ejercicio de 2018, arranco el pasado 2 de Abril. Y mucha gente se ha precipitado a autorizar desde el borrador sin hacer las comprobaciones pertinentes. Así que voy a intentar aclararos un poco este tema.

Devolución de IRPF de maternidad en la renta:

¿Te corresponde?

Devolución de IRPF de maternidad en la renta

Lo primero de todo es saber si esta devolución te corresponde en la actual campaña de la renta. Para ello deberás haber cobrado una prestación maternidad o paternidad entre el 1 de Enero y el 10 de Octubre de 2.018. Y que te hayan retenido parte de tu prestación por maternidad/paternidad. ¿Por que estas fechas?. Pues muy sencillo, porque después del 10 de Octubre se dejo de practicar la retención. Atendiendo a la sentencia del Tribunal Supremo que confirmaba que estas prestaciones están exentas de tributar.

Si fuiste madre/padre con anterioridad y quieres saber si te corresponde y como reclamar la devolución del IRPF. Te recuerdo que tienes una publicación aclarando todas las dudas:

Como tramitar la devolución del IRPF por maternidad

Como saber si esta correctamente incluida la devolución de IRPF de maternidad en el borrador:

Devolución de IRPF de maternidad en la renta

Excepto en casos excepcionales, puedes solicitar el borrador de la declaración de la renta. La cuestión es, como ya os comente en stories, que el borrador no es un documento definitivo. Como la propia RAE indica:

Borrador: Texto provisional susceptible de modificación y desarrollo

Esto quiere decir que hay que comprobar que todo esta correcto. Y en caso contrario editarlo antes de aprobarlo. Ademas de incluir todos los supuestos extra deducibles y que en muchos casos no constan en el borrador:

  • La parte correspondiente a incendio de un seguro de hogar ligado a una hipoteca anterior a 2.013.
  • Cuota sindical.
  • Donaciones realizadas.
  • Gastos deducibles según comunidades (como puede ser el caso del dentista en Canarias).
  • Etcétera.

Lo cierto es que la prestación de maternidad/paternidad es un dato de sobra cruzado por Hacienda y no debería haber problemas. Pero no esta siendo así en todos los casos, así que mas vale asegurarse. Recuerda que Hacienda no es tu amiga. Y que si no has realizado las comprobaciones pertinentes, no se van a responsabilizar ellos.

¿Donde localizo la prestación por maternidad en el borrador de la declaración de la renta?

Bien, para saber donde se encuentra la prestación por maternidad/paternidad. Y si esta realizada la devolución de IRPF de maternidad en la renta, correctamente. Debes ir a la parte de «rentas exentas«. Allí aparecerá tanto lo que has recibido, como lo que te han retenido. Esta retención es 100% deducible y hay que asegurarse de que es así como consta. Y en caso contrario corregirlo antes de presentar el borrador.

Os dejo una infografía descargable, para que podáis localizarlo fácilmente desde la app de la AEAT:

Devolución de IRPF de maternidad en la renta

 

 


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